Angélica de la Peña Gómez (Precandidata Propietaria)
Fórmula para el Senado, por la Lista Nacional del PRD.
1.- PRESENTACIÓN:
En función de lo que establece la Convocatoria del Partido de la Revolución Democrática, relativa a las elecciones federales a realizarse el próximo 1º de julio de 2012, y asumiendo la importancia del trabajo legislativo en el Congreso de la Unión que debe impulsarse en la próxima etapa de nuestra Nación, nos permitimos señalar las siguientes CONSIDERACIONES, que preceden a la Propuesta de la Agenda Legislativa:
Primera.- Los Partidos Políticos son entidades de interés público y tienen como fin, además de promover la participación del pueblo en la vida democrática, esencialmente forman parte de la representación nacional a fin de impulsar las propuestas programáticas que les caracterizan y les hacen posible, en términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos CPEUM; desde este enfoque, reafirmamos nuestro compromiso con el Programa del Partido de la Revolución Democrática para llevar al Congreso de la Unión las propuestas legislativas en lo relativo a: los Derechos Humanos y las garantías individuales, sociales y colectivas en general y en particular las que refieren a las mujeres y a las niñas; al Desarrollo Humano sostenido, sustentable e incluyente; al Medio Ambiente Sano; a la Reforma del Estado que garantice legalidad, justicia y equidad social; a la Democracia participativa que incluya de manera igualitaria, tomando en consideración las diferencias biológicas, sociológicas y culturales, entre las mujeres y los hombres; y a la Integración Mundial basada en el respeto entre los Pueblos y la Multiculturalidad, así como a la promoción de la cooperación internacional, basada en la equidad, la solidaridad, la legalidad y la justicia, inscrita en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Segunda.- El Congreso de la Unión se forma en dos Cámaras: la de Diputados y la de Senadores, su trabajo legislativo y parlamentario se caracteriza por:
a) ambas comparten atribuciones inscritas en los artículos 71, 72 y 73 de la CPEUM, lo que deriva en que se legisle como cámara de origen o como Cámara revisora;
b) lo que establece el Artículo 76 de la CPEUM sobre las facultades exclusivas del Senado;
c) los asuntos que indistintamente puede emprender cada Cámara según el Artículo 77 de la CPEUM;
d) la continuación de los trabajos legislativos desde la Comisión Permanente, en tiempos de receso de los periodos ordinarios de sesiones y en los periodos extraordinarios que eventualmente se aprueben; y
e) la integración de la Cámara de Senadores como parte del Congreso Constituyente.
Tercera.- La Cámara de Senadores se rige para su funcionamiento, por la normatividad inscrita en la Ley Orgánica del Congreso de la Unión, en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de la Unión y en los Acuerdos Parlamentarios suscritos por las instancias de gobierno y parlamentarias del propio Senado.
Cuarta.- El Marco Jurídico Mexicano inscrito en la Constitución de 1917 debe sufrir diversas reformas para adecuar al país con el Derecho Internacional y para dar respuesta a las necesidades de las personas y de los pueblos que están en permanente evolución y enfrentando requerimientos que hacen necesaria la revisión de la legislación fundamental y la secundaria a nivel federal y a nivel local.
2.- PROPUESTA LEGISLATIVA:
2.- PROPUESTA LEGISLATIVA:
Por todo lo anterior, como afiliadas al Partido de la Revolución Democrática y como políticas feministas, estamos comprometidas con los Derechos Humanos de las Mujeres y de las niñas, niños y las y los adolescentes, con sus Principios Rectores de Igualdad Sustantiva, No Discriminación, Democracia Genérica, Autonomía, Ciudadanía, Libertad y Justicia, así como con la promoción desde el Senado de la República, de un Desarrollo Humano Sustentable e Integral para toda la sociedad. Refrendamos el compromiso de trabajar para lograr los avances legislativos y parlamentarios que requiere la Nación para una mejor convivencia sustentada en un Estado de Derecho fundado en el respeto y ejercicio de los derechos humanos; para lo cual, inscribimos la siguiente PROPUESTA LEGISLATIVA:
I.- Incluir el principio rector de los Derechos Políticos de las Mujeres, de la Igualdad Sustantiva y Efectiva en la Carta Magna, para que acorde a los Derechos Humanos inscritos en el Artículo 1 Constitucional, se establezca la Paridad como mecanismo, para asegurar los Derechos Políticos de las Mujeres, en la integración de todos los ámbitos de poder y de decisión de manera igualitaria que los hombres: i.- en el Poder Ejecutivo en los tres órdenes de gobierno, ii.- en los organismos descentralizados o desconcentrados, iii.- en el Poder Judicial, desde la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Tribunales a nivel federal y a nivel local, y la Judicatura a nivel federal y a nivel local, iv.-en el Poder Legislativo, tanto en el Congreso de la Unión como en los Congresos Locales y en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, v.- en todos los organismos autónomos, y vi.- en general en todos los espacios de decisión y de poder de los ámbitos públicos, privados y sociales.
Adicionar en los Transitorios de la reforma en comento, de los tiempos de entrada en vigor en cada uno de los ámbitos, así como los compromisos progresivos de la incorporación numérica de mujeres en los espacios de poder y de decisión, de manera igualitaria que los hombres. Así mismo, homologar el Principio de la Igualdad Sustantiva y Efectiva en toda la legislación electoral del país, en toda la legislación de la administración pública federal y local, en las leyes de cada materia de los organismos autónomos, en la legislación del Poder Judicial y en la legislación laboral en lo que refiere a la conformación de sindicatos. Fomentar Acuerdos y Convenios para que la Empresa Privada se comprometa en tiempo y en forma, a garantizar la incorporación en sus órganos de decisión, de las mujeres de manera paritaria que los hombres;
II.- Constituir la Secretaría de las Mujeres a nivel del Gabinete Federal, para fomentar y promover el empoderamiento de las mujeres en los espacios de poder, tanto en el ámbito gubernamental y público, como en el privado y en sus propias vidas. La trascendencia del Instituto Nacional de las Mujeres a una Secretaría de las Mujeres, potencia su quehacer político, inscribe sus acciones en funciones de autoridad y se logra con mayor certeza, la implementación de la Perspectiva de Género, para garantizar que las mujeres en el país se incorporen igualitariamente que los hombres, a los espacios de poder y de decisión; se trabaje para garantizar todos los derechos humanos de las mujeres y de las niñas y este nuevo Estado de Derecho se refleje en la cotidianeidad de sus vidas, las empodere como personas humanas frente a la resolución de todas las formas de discriminación por su condición de género y en la garantía de la universalidad, progresividad, interdependencia e indivisibilidad de los Derechos Humanos de las Mujeres y de las Niñas en el marco del ejercicio de los Derechos de todas las personas;
III.- Presentación de la Iniciativa con Proyecto de Decreto de la Ley General de los Partidos Políticos, que reglamente el Artículo 41 de la Constitución Política de los EUM, establezca las obligaciones, compromisos y la rendición de cuentas de manera transparente, como Instituciones de Interés Público;
IV.- Garantizar desde la Constitución, el Derecho de las Mujeres a decidir sobre su propia reproducción, estableciendo los recursos formales e institucionales para que en todas las entidades federativas, las mujeres puedan optar por la interrupción legal de un embarazo no deseado, que no sea mayor de 12 semanas; garantizar a través de los Transitorios, que las Instituciones del Sistema Nacional de Salud, implementen lo conducente para cumplir con este derecho; derogar todos los preceptos que se contravienen con este Derecho.
V.- Reformar la Ley General de Salud para establecer programas permanentes y continuados de información y orientación sobre los Derechos Sexuales y los Derechos Reproductivos de las Mujeres en las que se incluyan los derechos de las adolescentes, que fomenten la planificación familiar en términos del Artículo 4º Constitucional, y prevención y atención de la salud integral de las mujeres en todo su ciclo de vida. Estos programas deben ser diseñados con una visión científica, y ser accesibles para toda la población, de manera preponderante hacia las zonas rurales e indígenas con todos los recursos disponibles para que se garantice su acceso;
VI.- Empoderar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia vigente desde febrero de 2007; para que funcionen debidamente todos los mecanismos inscritos para prevenir, atender, sancionar y erradicar los tipos y modalidades de violencia de género contra mujeres y niñas; desde esta Cámara se debe solicitar cómo está implementando el Ejecutivo los mecanismos: i.- del Banco Nacional de Datos e Información sobre los casos de violencia contra mujeres y niñas, ii.- del Diagnóstico Nacional sobre la violencia de género, iii.- la Alerta de Violencia de Género y el Programa Nacional Integral; iv.- para incidir en la promulgación de la tipificación del delito del feminicidio en el ámbito local, v.- la prevención de la modalidad de violencia feminicida;
VII.- Revisión de la legislación de naturaleza penal para incluir el estado de necesidad, que justifique la preservación del interés preponderante de las mujeres víctimas sobrevivientes de la violencia de género, quienes actúan contra quién les ha generado esta violencia, y se establezca la figura de exclusión de delito por estado de necesidad defensivo en peligro continuado;
VIII.- La revisión integral de la Ley General de Educación desde un enfoque de derechos humanos y de género, vanguardista en los conceptos pedagógicos; que reforme el Sistema Educativo nacional, en el que se sustenta la educación pública y privada, para que eduque a niñas y niños en el conocimiento y ejercicio de sus Derechos Humanos, en la progresividad de la ciencia, la tecnología y la perspectiva de género y en una cultura de la paz y la no violencia; en este aspecto es necesario reglamentar los mecanismos de mediación para la resolución de las manifestaciones de violencia entre niñas y niños, fomentar la construcción de su ciudadanía, el libre desarrollo de la personalidad y la cultura democrática, refrendando los preceptos del Artículo 3 Constitucional sobre laicidad, la democracia y la paz. Se asegure la permanencia de las y los adolescentes para que no deserten por problemas económicos o de otro orden, se garantice la permanencia de las adolescentes embarazadas para que no interrumpan su proyecto de vida y se eliminen todas las formas de discriminación o exclusión social de las niñas y los niños especialmente de las zonas indígenas de nuestro país. Se anteponga como una prioridad del Estado Mexicano, el Interés Superior de la Infancia, frente a otros tipos de intereses.
Los nuevos preceptos constitucionales sobre Derechos Humanos nos obliga como país a construir los nuevos paradigmas que construyan este precepto constitucional, en políticas desde el Estado, en este aspecto la Ley General de Educación debe garantizar la incorporación formal en las currículas de las Universidades tanto estatales como privadas, de las materias sobre Derechos Humanos y la vinculación del Estado Mexicano al Derecho Internacional;
IX.- La revisión integral de la Ley Federal del Trabajo desde la perspectiva de género; para que incluya además de otros preceptos fundamentales que están en discusión por parte de diversos grupos, también: i.- la protección de las y los adolescentes menores de 16 años; ii.- a quienes tienen los 16 años y menos de 18 años, contra cualquier forma laboral que pueda afectarles física o mentalmente por su edad; iii.- que se incluyan capítulos que protejan en todos sus derechos laborales a las trabajadoras de la maquila; y iv.- a las trabajadoras domésticas. v.- La Ley debe garantizar la prevención, la sanción y la eliminación de cualquier forma de discriminación, de hostigamiento o acoso, o de explotación laboral. Sancionar la servidumbre humana;
X.- La reforma a la Ley de Asistencia Social, para que implemente toda la política de atención asistencial especializada para: i.- las niñas y niños menores de 12 años que se vean involucrados en algún delito inscrito en la Ley Federal de Justicia para Adolescentes Infractores; ii.- así mismo incluya igualmente de manera especializada, la política de reinserción social de adolescentes infractores de entre 12 años y menores de 14 años; y iii.- la inscripción y conducción de las medidas alternativas a la privación de libertad de adolescentes infractores entre 14 y menos de 18 años de edad;
XI.- Revisión de la Ley Federal de Justicia Penal para Adolescentes Infractores, para inscribir el Programa de Atención Integral para la implementación de las Medidas Alternativas a la privación de la libertad de adolescentes infractores, que tengan que purgar una medida coercitiva fuera del centro de privación de libertad; se inscriba formalmente la reinserción social de las y los adolescentes que han cometido un delito, en términos del Artículo 18 constitucional; así mismo la promoción de políticas que tiendan a la prevención social del delito de personas menores de 18 años de edad;
XII.- La integración de un nuevo Título a la Ley de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para constituir la institución encargada de promocionar la política sustentada en los principios rectores de los derechos de protección, promoción, provisión, prevención y participación de las niñas y los niños; incluir programas de rehabilitación de la ESCI y otros tipos de trata.
XIII.- Revisión del Sistema OMBUDSMAN mexicano, para que proteja de manera efectiva y eficiente, los derechos humanos de todas las personas, que sus recomendaciones puedan trascender judicialmente para que haya una protección real de los derechos humanos.
XIV.- Instaurar el Ombudsman de la Niñez que proteja en sus derechos humanos a todas las personas menores de 18 años de edad de manera especializada;
XV.- Revisar las atribuciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos para garantizar sin cortapisas su independencia de injerencias ajenas a su cometido, igualmente establecer la obligación de que las comisiones de derechos humanos en las 32 entidades federativas sean inscritas en función de su independencia absoluta de cualquier intromisión por parte de los gobiernos locales para evitar que sus decisiones se vean afectadas por presiones ajenas a su cometido;
XVI.- Trabajar en la Ley para la Reparación del Daño, que tome en consideración las sentencias contra México como Estado Parte desde la Corte Interamericana de Derechos Humanos y otros órganos jurisdiccionales del ámbito de Naciones Unidas y autónomos;
XVII.- Solicitar al Ejecutivo el envío al Senado del Tratado Internacional Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo OIT para su aprobación y se proteja del trabajo, a todas las personas menores de 15 años de edad; así mismo definir programas y acciones gubernamentales para asegurar que todas las personas menores de esta edad no tengan que realizar ningún tipo de trabajo; y se fomente su proyecto de vida. Ratificar el compromiso con la niñez para que goce de todos sus derechos humanos y no asuma compromisos que no son propios para su edad y por el contrario trastocan su desarrollo humano;
XVIII.- Proteger a las niñas y los niños contra cualquier forma de trata, de los malos tratos, inhumanos y degradantes y especialmente contra la explotación sexual comercial infantil, por lo que es necesario reformar las leyes de Telecomunicaciones, de Turismo, de Radio y Televisión, para adecuarlas a los avances que en esta materia establece el Código Penal Federal y otros ordenamientos a nivel federal;
XIX.- La revisión integral a toda la legislación federal para que se deroguen todos aquellos preceptos que se contravengan con los Tratados sobre Derechos Humanos de las Mujeres y de las Niñas, que ha aprobado México como Estado Parte del Derecho Internacional;
XX.- Revisión integral de la legislación federal para incorporar la perspectiva de género y promover las derogaciones que sean conducentes y que se contrapongan con la legislación sobre los derechos humanos aprobadas en las últimas legislaturas;
XXI.- Revisar la legislación sobre la prevención de la discriminación y sobre la prevención y sanción de la trata de personas para promover ante el Ejecutivo Federal la reglamentación con los procedimientos normativos que las hagan plausibles, en función de los compromisos con los Tratados en la materia.
3.- PROPUESTAS PARLAMENTARIAS:
3.- PROPUESTAS PARLAMENTARIAS:
A.- Es necesario utilizar el recurso parlamentario de la excitativa a las diversas autoridades, para lograr la implementación de mecanismos que garanticen la aplicabilidad de los protocolos de la Convención sobre los Derechos de la Niñez y los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo, para garantizar la erradicación de todas las peores formas de trabajo infantil que incluyen todas las formas de trata y de servidumbre humana, los malos tratos, inhumanos y degradantes, la explotación sexual comercial infantil ESCI y el Trabajo Doméstico Infantil TDI, entre otros trabajos ilegales que realizan niñas y niños menores de 14 años de edad;
B.- La excitativa, el exhorto y el Acuerdo parlamentario deben implementarse para influir y promover políticas relacionadas con los derechos humanos en el cumplimiento de todas las recomendaciones que el Comité de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres COCEDAW, el Comité de los Derechos de la Niñez y el Mecanismo de Seguimiento de la Convención Belem Do Pará, entre otros, le han hecho al Estado Parte;
C.- El Artículo 76 constitucional establece la facultad del Senado para analizar la política exterior establecida por el Ejecutivo Federal, además corresponde la aprobación de los Tratados Internacionales y Convenciones que México como Estado Parte suscriba en el ámbito del Derecho Internacional; desde esta asignación fundamental, es necesario revisar el cumplimiento de los Tratados de Derechos Humanos que el Senado ha aprobado, así como las recomendaciones de los órganos encargados de recibir esta información por parte del Estado Parte;
D.-Desde el ámbito de la Organización Internacional del Trabajo se han aprobado Convenios relacionados con los derechos humanos de diversos grupos sociales, por lo tanto es imprescindible seguir el procedimiento de armonización.
E.- Es necesario continuar el proceso de las reformas que han sido presentadas por el Grupo Parlamentario del PRD en el Senado o en la Cámara de Diputados y que son importantes refrendar en la siguiente legislatura, o bien volver a plantear rediseñando el cabildeo que se requiere para impulsar su aprobación.
4.- REPRESENTACIÓN ANTE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES:
4.- REPRESENTACIÓN ANTE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES:
A.- De gran relevancia es la interlocución y coordinación con las Organizaciones no Gubernamentales, tanto las organizaciones de la sociedad civil que luchan por la prevalencia de los derechos humanos, como del movimiento feminista, y de las redes por los derechos de la Infancia, y/o que luchan contra la discriminación y contra la trata de personas. Vindicamos nuestro compromiso de la representación popular de esta Fórmula, con estas organizaciones sociales no gubernamentales.
B.- Es necesario que el trabajo legislativo que se emprende desde el Congreso de la Unión, tome en consideración las propuestas que se hacen desde el movimiento feminista, desde las redes ciudadanas, desde las organizaciones que luchan por los derechos de la niñez, para que las decisiones que se asuman tomen en consideración también los insumos de las académicas y de las y los investigadores temáticos y la representatividad popular cumpla su cometido.
C.- El trabajo parlamentario que de manera particular hoy se propone, se hará efectivo retomando las Agendas de la Organizaciones de la Sociedad Civil que luchan para lograr los derechos de la niñez, los derechos de las mujeres, de las y los defensores de los derechos humanos y en general de toda la sociedad.
México, D. F. a 12 de diciembre de 2011.
Buenas tardes.
ResponderEliminarQuiero felicitar a Angélica por éste nuevo proyecto,
Y también quiero comentar a todos las personas que entren a este blog que yo tuve la suerte de trabajar con Angélica en dos ocasiones.
En la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias, estuve con ella desde que impulsó la creación de la comisión... y lo logró.
En lo personal, fue una de las mejores experiencias en el ámbito laboral, ya que aprendí mucho.
En su semblanza, faltó informar que se realizaron diversos foros en los que participaron personalidades de diversas instituciones como la CNDH, UNICEF, INMUJERES, y muchas más.
Ejemplo: Foro sobre discriminación, Foro sobre explotación sexual infantil, Foro sobre menores infractores, entre otros.
Pero, la mejor experiencia para mi, fue la realización del Parlamento infantil que fue un evento muy importante en la Cámara.
No dudo en comentar que tod@s los que trabajamos en la Comisión aprendimos mucho.
Por eso y mas... Estoy convencida de que Angélica hará un gran papel en el senado.
Mucha suerte....